martes, 21 de septiembre de 2010

LLANTA DE PRENSA/ Augusto Álvarez Rodrich, Laura Arroyo y Fernando Rospigliosi


I. ¿Ya ganó Susana?






 

II. ¿Que nos espera en el 2011?






III. El papel aguanta todo



jueves, 16 de septiembre de 2010

HUEVOS DE ESTURIÓN / El mito de las encuestas / Fernando Rospigliosi

A raíz de la insólita conversación entre Lourdes Flores y Xavier Barrón –grabada ilegalmente, en acto repudiable-, donde éste le sugiere a la candidata visitar a Alfredo Torres, de Ipsos-Apoyo para que “pueda mover un poco sus cifras”, se vuelve a discutir la influencia que tienen las encuestas en un proceso electoral.
Los políticos no sólo viven pendientes de las encuestas, sino les atribuyen un poder mágico, creen que son determinantes, que influyen fuertemente en el electorado. Eso es falso. Durante décadas, se han realizado estudios en muchos países y nunca se ha podido demostrar que las encuestas afecten decisivamente una elección.
        El denominado “efecto arrastre”, que la gente vota a ganador, es un mito que no tiene ningún sustento.
        En el Perú, un ejemplo típico es el de las elecciones de 1990. Durante meses Mario Vargas Llosa encabezó las encuestas y sólo en las últimas semanas apareció Alberto Fujimori que finalmente ganó la elección. Si hubiera funcionado el “efecto arrastre” MVLL habría ganado de manera abrumadora.
        Es más, hasta el final, cuando se preguntaba “¿quién cree que ganará?”, más de dos tercios decían que Vargas Llosa. Es decir, a pesar de creer que triunfaría MVLL, muchos votaban por Fujimori.
        El muy limitado “efecto de arrastre” que pueden tener las encuestas se anula. Es decir, hay unos pocos que en efecto votan al que va adelante y otros que, pensando que va a ganar de todas maneras, dejan de votar por ese candidato.
        Para lo que si sirven las encuestas es para recaudar fondos. Los candidatos que van adelante tienen mucho más donantes que los aparecen al fondo de la tabla.
        En cualquier caso, es absolutamente repudiable el intento –frustrado- de Barrón de influir en Ipsos-Apoyo para modificar el resultado y estafar al público.
        Otro aspecto significativo de la conversación Flores-Barrón, es la ingenuidad, candidez, simpleza o bobería de Lourdes  que cree que hay un complot de las encuestadoras para irla “subiendo a ella (Susana) de dos en dos y a mí me van bajando de dos en dos”.
        Que un cretino como Alditus Mengele diga esas estupideces, pase, no se puede esperar otra cosa. Pero que Lourdes crea eso, es demasiado.
        Todas las encuestadoras coinciden: Susana está subiendo, Lourdes bajando. ¿Acaso CPI que trabaja para Correo y RPP es parte del complot? ¿Ipsos-Apoyo, parte de un conglomerado internacional cuyo negocio es hacer encuestas, va a arriesgar su prestigio para favorecer a Susana? ¿Por qué lo haría? ¿Por qué Alfredo Torres es comunista, farquista, rojo o caviar? ¿Cómo Susana, super misia, lo ha comprado? ¿La encuestadora de la Universidad Católica también miente? ¿Imasen?
        Es impresionante como una persona inteligente como Lourdes puede perder el sentido de realidad y atribuir a un imaginario complot (¿de quién?) su caída, que se explica, como es obvio, por sus propios errores.

miércoles, 15 de septiembre de 2010

A PROPÓSITO DEL DECRETO LEGISLATIVO 1095 / Gustavo Carrión Zavala

Luego de resuelto el problema suscitado a partir del decreto legislativo 1097, que en realidad era una suerte de amnistía solapada, demos vuelta a la pagina  (aún cuando nos queda la sensación que se ha resuelto la parte legal pero no la intención del gobierno de García de ceder ante la presión del fujimorismo, prohijador de militares que no tienen otro argumento que exigir  impunidad como garantía para cumplir con su “trabajo”), echemos una mirada al Decreto Legislativo 1095 y tratemos de explicarnos la posición del saliente ministro del Interior, para haber consentido la policialización de las Fuerzas Armadas y la categorización de grupos hostiles.

En realidad el Decreto Legislativo 1095, reemplaza a la Ley 29166, que regulaba la participación de las Fuerzas Armadas en el control del orden interno, cuando se declaraban regímenes de excepción y se autorizaba que asuman tal control, y también cuando la norma no autorizaba tal asunción y en cuyo caso, colaboraban con la Policía Nacional. La ley mencionada se refería recurrentemente a actos de hostilidad, lo que individualizaba la acción hostil.

El Dleg 1095, se refiere a grupos hostiles, premunidos de armas de fuego, punzo cortantes o contundentes, lo que obviamente está referido a las manifestaciones y protestas, bastando que se declare el estado de emergencia para que las Fuerzas Armadas arremetan contra los manifestantes. Lo que no ha calculado el ex ministro Salazar, en su condición de policía en situación de retiro, que si se produjese una protesta del personal, tal como sucediese en 1975 y en 1987, por tanto no estamos hablando de hipótesis negada, bastaría que se declare el estado de emergencia para que se considere grupo hostil a los policías y las fuerzas armadas arremetan contra ellos. Esto tampoco es hipótesis negada, pues en 1975, y de eso se debe acordar Salazar pues ya era cadete de la entonces Guardia Republicana, las Fuerzas Armadas no tuvieron reparos en agredir con armas de fuego a los policías que protestaban por mejores condiciones laborales.

Es cierto que en 1975 estaba el país bajo la dictadura militar velasquista y fueron cubiertos con el manto de la impunidad que les daba el total control del país, empero, quedó manifiesto el desprecio que sentían y probablemente sientan todavía los miembros de las fuerzas armadas, respecto de los policías.  Lo sorprendente es que en plena vigencia del estado de derecho y habiendo luchado la sociedad tanto por proscribir las dictaduras, esa posible agresión militar contra cualquier protesta de policías quedaría totalmente legalizada, pues la norma no hace distingo de a quiénes se les  puede atribuir la calidad de grupo hostil. De la misma forma, y de eso ya se han ocupado especialistas en temas legales, cualquier protesta popular puede ser etiquetada como grupo hostil y recibir toda la potencia agresiva de las Fuerzas Armadas, incluyendo los efectos colaterales que señala la norma (forma eufemística para denominar a los excesos) y que todos ellos, de judicializarse, serán casos conocidos exclusiva y excluyentemente por la justicia penal militar.

Pero lo que significa una inexcusable renuncia por parte de Salazar, es el permitir que aún cuando no se declare el estado de emergencia, las Fuerzas Armadas puedan intervenir en el control de delitos como terrorismo, narcotráfico, y en actividades policiales de seguridad a servicios estratégicos. Ha consentido de esta manera, que legalmente las FFAA logren lo que de hecho han venido intentando: policializar su acción, en razón de no existir probabilidad de un conflicto externo. Lejos de oponerse y de llegado el caso, renunciar antes que avalar este despropósito, ha preferido abdicar, firmar y pensar en su futuro político inmediato sin importarle el estar entregando parte del trabajo policial a las fuerzas armadas.

Los especialistas explican los regímenes de excepción como una suerte de dictadura comisoria breve, con el fin de recuperar el orden alterado, y si es necesario para lograrlo, se autoriza la participación de las fuerzas armadas en el control del orden interno. Con el Decreto Legislativo 1095, lo que se está haciendo al autorizar la participación de las Fuerzas Armadas en el tratamiento de temas vinculados a la finalidad policial en épocas de normalidad, es extender solapadamente los regímenes de excepción sin que medie la declaratoria legal.
La historia y el personal policial juzgará finalmente la obsecuencia de Salazar.

martes, 14 de septiembre de 2010

LLANTA DE PRENSA/ Augusto Álvarez Rodrich, Mirko Lauer y Nicolás Lynch

I. Final de fotografía



II. 18 segundas vueltas en regiones



III. Gancho de Mario Vargas Llosa

miércoles, 8 de septiembre de 2010

LLANTA DE PRENSA/ Augusto Álvarez Rodrich, Mirko Lauer, Fernando RospigliosiI.

I. Tome café con Vladimiro



II. Adopte un general jubilado



III. Lima: Elija a su señora

jueves, 2 de septiembre de 2010

MÚLTIPLES MEDIDAS, ¿DE SEGURIDAD? / Gustavo Carrión Zavala.

En los últimos días se han venido anunciando múltiples medidas con el propósito de enfrentar al crimen y devolver al ciudadano la confianza de transitar  por la ciudad sin apremios. Resulta legítimo someter estas medidas a un proceso de lógica desconfianza. En principio, porque surgen ante el crecimiento inmoderado de la actividad criminal, con aplicación de singular violencia en la perpetración de los delitos y pareciera una actitud desesperada de los responsables de la seguridad, por tranquilizar la crispación popular y decir lo que la población quiere escuchar, resumido en, mayor punición, supresión de beneficios penitenciarios, cárcel  interminable, mayor cantidad de policías en la calle (lo que no asegura mayor calidad en la actuación), ampliar la atribución de los vigilantes privados al uso de sus armas de fuego, convocatoria tardía del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y algunas acciones más que parecieran sumamente desperdigadas y sin que  surjan de una armonizada política pública de seguridad. Nos permitiremos comentar algunas de ellas, con el ánimo de prevenir el fracaso de las mismas y el nuevo y mayor desconsuelo en el que se sumergirá la población.

Nos referimos muy ligeramente a las normas propuestas para agravar la situación de los encarcelados y las supresiones de los beneficios penitenciarios para ciertos tipos de delitos. Muchas de las medidas anunciadas ya están contenidas en normas anteriores, y solamente se han reiterado. Por otro lado esta tendencia a mayores penas, menores beneficios en una dimensión eminentemente punitiva, no resulta ser en esta ocasión original, es el expediente al que se ha recurrido en los últimos tiempos cada vez que se producen picos en la actividad criminal, y el resultado resulta por ello también previsible, no disminuirá el delito, no es el camino correcto para luchar contra la delincuencia, y no disuade siquiera a los delincuentes. La razón es simple, se dictan medidas inconexas con la realidad, que  no van acompañadas de una reforma del sistema penitenciario, de tal suerte que las cárceles se han ido convirtiendo en centros en donde los internos  a lo único que no acceden es a pasearse libremente por las calles, todo lo demás lo encuentran en el interior de las prisiones, por estar tugurizadas, manejadas por personal penitenciario  (o policial según el caso) mal preparado, mal estimado, mal remunerado y sumamente corrompido. En lo que va de la actual administración del país, además de ampliar la capacidad de albergue de algunos penales, sólo se ha construido un establecimiento penal (piedras gordas 2), que hasta donde sabemos, todavía no entra en funcionamiento, y tendrá capacidad para 2500 internos, que obviamente no aliviará la tugurización de las cárceles limeñas, pues en el mismo período  la población penal ha crecido más que esta capacidad de albergue.

La norma que amplía la consideración de flagrancia hasta 24 horas de cometido el acto criminal con la condición de sindicación o identificación del delincuente, nos parece la más acertada de las medidas propuestas, pues la anterior situación posibilitaba la impunidad de los que no eran capturados en el mismo  momento de la comisión del delito. Algunos especialistas en derecho penal y procesal penal no están de acuerdo con esta norma, sin embargo a nuestro entender representa un aporte sensible para la eficacia de la acción policial en la persecución del delito. Queda en manos de policías y fiscales el hacer uso estrictamente legal de esta ampliación de flagrancia y no pervertirla hasta convertirla en un instrumento de abuso.
La reglamentación de la ley que regula la vigilancia privada, y el anuncio del titular del sector Interior (que resultó algo confuso) que se facultaría a los vigilantes privados al uso de sus armas de fuego, algo que se deducía de la propia licencia para portar armas concedida por DISCAMEC (que pertenece al sector Interior), nos sugiere que se les está diciendo que la utilicen con más frecuencia, lo que acarreará la ligereza en los disparadores de las armas de los delincuentes, que ante el sólo anuncio que los vigilantes particulares también dispararán, tratarán de adelantarse. Los vigilantes por su lado, con la poca preparación que tienen, lo poco que ganan en la mayoría de los casos, pensarán varias veces antes de enfrentarse con delincuentes dispuestos a todo, u optarán por “colaborar” con ellos. El ministro debe precisar el sentido de sus palabras, más allá de lo que diga finalmente el reglamento, pues ha quedado la impresión que se ha liberado el uso de armas de fuego por parte de los vigilantes privados.

Nos parece correcto que se ponga mayor cantidad de policías en la calle, ahora queda supervisar que no sea una presencia inocua, y que en realidad cumplan con proteger a la ciudadanía y prevenir el delito. En esta misma tendencia de recuperar efectivos para proteger a la población, debe evaluarse el prescindir de algunas actividades del servicio que resultan ser adjetivas y que bien podrían ser transferidas a las municipalidades, por resultar su verdadero ámbito.

Esperemos que  las medidas anunciadas, surtan el efecto que persiguen, que no es otro que el contener el delito y prevenir su comisión devolviéndole la confianza a la ciudadanía y que no sea solamente la respuesta mediática ante un clamor popular.

LLANTA DE PRENSA/ Augusto Álvarez Rodrich, Mirko Lauer, Fernando Rospigliosi



I. Susy/Lulú: Toledo dobletea







II. Vota Fonavi








III. La seguridad: Ja-Ja