lunes, 4 de abril de 2016

¿DESCRIMINALIZAR LA PROTESTA? / Gustavo Carrión Zavala


Debemos iniciar estas líneas reconociendo el derecho a protestar contra aquello que represente o se asuma como un exceso o abuso del estado en perjuicio de ciudadanos o colectivos organizados. Si la protesta significa sólo ello, protestar, obviamente que no comporta ningún riesgo de ser considerado un acto criminal y en cuyo caso no habría nada que descriminalizar, pero si en el desarrollo de la misma, se afectan derechos de los demás ciudadanos, como interrumpir las vías de comunicación, agredir a la policía, atentar contra locales públicos, afectar la propiedad privada, apedrear vehículos de servicio público o de propiedad particular, afectar la indemnidad de las personas que no quisieran plegarse a la protesta, saquear comercios, y todas aquellas acciones que están tipificadas en la ley penal del país y de darse las circunstancias tratados recientemente a través de los procesos sumarios en flagrancia, de lo que se está hablando es de derogar todas las leyes que castigan estos delitos si fuesen cometidos durante una protesta. Estamos, por la propuesta de una candidata presidencial, de vuelta a la barbarie y a la impunidad de todos quiénes deciden realizar protestas violentas y atentatorias contra el orden público nacional.
Queden notificados los miembros de la Policía Nacional, que de prosperar la promesa electoral, los criminalizados serán los policías que “osasen” emplear los elementos compulsivos que la ley les faculta usar, cuando se tenga que coercer con el rigor estrictamente necesario para recuperar el orden público alterado o para evitar danos mayores en casos de protestas que adquieran características violentas, pero que por la derogación de las leyes que se ofrece derogar, dejarán como únicos infractores, precisamente a quiénes la constitución y las leyes le han encargado mantener el orden interno, el orden público y restablecerlos en caso sean alterados.
Insisto, para que no quede resquicio de duda, si la protesta es legítima y legal y se adelanta en términos de normalidad y de protesta pura, no se necesita derogar ninguna ley criminalizadora, pues estas están dirigidas a quienes cometen delitos sin discriminar la circunstancia en que estos sean perpetrados. Si se “descriminaliza la protesta”, los que con el pretexto de protestar a favor de una universidad en Huancavelica, agredieron criminalmente a policías dejándolos con graves riesgos para la vida de estos servidores, los que protestaron violentamente y con afección de los derechos de los demás en los casos de conga y tía maría, los que tomen vías públicas impidiendo el derecho constitucional al libre tránsito, los que ataquen locales públicos o privados durante protestas, los que pongan en riesgo la vida de otros ciudadanos, y en fin toda la violencia criminal que suele caracterizar las protestas en el país, gozaran de la impunidad que les daría la derogación de la ley penal que castiga estos actos y obviamente pondría en desventaja a los miembros de la policía nacional, que en cumplimiento de sus funciones tengan que hacer prevalecer las leyes de orden público y recuperar la tranquilidad alterada.
La oferta descriminalizadora de la protesta, provocará de efectuarse, que los policías se inhiban de intervenir por el temor de ser ellos los procesados y paso a paso se configurará un escenario parecido al de Venezuela, en el que las fuerzas del orden terminan estando del lado de la protesta a favor del régimen imperante y dejando en total desventaja a quién piense de manera diferente.

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